Iglesia
de San Pedro y Cilla del Cabildo.
Dos
emblemáticos edificios que sierran sus puertas al pueblo.
Sobre la resiente noticia de
perder nuestro bien cultural de dos espacios emblemáticos de Sanlúcar la Mayor,
y a la espera de una respuesta aclaratoria, podemos llenar cuadernos enteros
sobre su historia, estas son algunas de ellas, pues nuestra historia nos
importa y debemos defenderla, su respuesta está en el aire, esperemos que esta
no se volaticen.
Iglesia de San Pedro
Fue Mezquita de los árabes,
bendecida para el culto católico por el confesor del rey Fernando III. Se
encuentra dentro del recinto almohade, aprovecha parte de los cimientos de la
antigua Mezquita y consta de tres naves con arcos apuntados, siguiendo el
modelo de los antiguos templos mudéjares. Las tallas que alberga durante los siglos XVII y XVIII, se guardan
en la Iglesia de Santa María. El cuerpo de campanas de le añade en el XVIII.
Murallas antiguas árabes,
próxima a la Cárcava, que fueron levantadas en los siglos XII y XIII., y que en
un principio estaba reforzada con al menos 46 torres defensivas. Tras la
conquista por Castilla, pasa a pertenecer al dominio de la ciudad de Sevilla en
1251, construyéndose entonces los principales templos de la localidad.
Pero... ¿QUÉ ES LO QUE
ESTABLECE LA LEY ESTATAL DE PATRIMONIO HISTÓRICO CON RESPECTO A LA VISITA
PÚBLICA DE ESTE TIPO DE EDIFICIOS?
Ley de Patrimonio Histórico
Español (LPHE) de 1985.
En el artículo 13.2, la ley
obliga a los propietarios, por un lado, a permitir y facilitar la inspección
por parte de los organismos competentes y su estudio a los investigadores,
previa solicitud razonada, y, por otro, a permitir la visita pública de los
bienes declarados como BIC al menos cuatro días al mes, en días y horas
previamente señalados.
(La Fundación Cilla del
Cabildo se constituyó como "centro cultural" el 7 de Marzo de 2007.
Sus fines eran:
Favorecer el conocimiento de
la historia y la realidad de la Cornisa del Aljarafe. b) Contribuir a la
defensa y protección de su patrimonio histórico-artístico. c) Contribuir a la
defensa y protección de sus valores medioambientales y paisajísticos. d)
Promover los hábitos que contribuyan a la mejora de la calidad de vida y las
prácticas de conductas saludables de los vecinos. e) Promover las iniciativas
que contribuyan a la recuperación y mantenimiento de los valores etnográficos,
agrícolas e industriales propios de la zona. f) Promover la realización de
actividades que coadyuven al cumplimiento de sus fines. g) Promover la edición
de trabajos, estudios y publicaciones que contribuyan al cumplimiento de sus
fines).
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-3298
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